Programa de asistencia al
paciente de Patricia Costa
El Programa de Asistencia al Paciente (PCPA) Patricia Costa de Human Growth Foundation (HGF) ayuda a los miembros de HGF en todo el mundo que viven con afecciones raras de crecimiento, huesos y endocrinas a obtener acceso a atención y tratamiento.
El Programa de Asistencia al Paciente (PCPA) Patricia Costa de Human Growth Foundation (HGF) ayuda a los miembros de HGF en todo el mundo que viven con afecciones raras de crecimiento, huesos y endocrinas. A través del programa PCPA, HGF se compromete a ayudar a sus miembros a acceder a la atención y el tratamiento que necesitan.
Este programa ayuda con:
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Copagos del seguro.
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Pruebas diagnósticas.
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Viajes para ensayos clínicos o consulta con especialistas.
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Medios para una mejor calidad de vida (ej. libros escolares, etc.)
Para calificar:
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Debe ser miembro actual de HGF.
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Debe completar la solicitud del Programa PCPA.
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Debe presentar una copia de su W-2 o comprobante de ingresos.
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Debe enviar una carta de necesidad que describa su solicitud.
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Debe presentar una Carta del Médico indicando la condición.
Cómo aplicar:
Complete el formulario de solicitud del Programa PCPA y envíe los documentos requeridos, que incluyen:
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Debe ser miembro vigente de HGF.
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Contáctenos para obtener información sobre la posibilidad de eximir la cuota de membresía.
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Debe completar la solicitud del Programa PCPA. Puede acceder a la solicitud aquí: Solicitud del Programa PCPA.
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Debe presentar comprobante de ingresos.
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Debe presentar una Carta de Necesidad que describa su solicitud y explique por qué necesita la asistencia.
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Debe presentar una carta de su médico que indique y confirme la condición médica.
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Una vez que se hayan recibido todos los documentos requeridos, su solicitud será revisada por el comité correspondiente.
Tenga en cuenta:
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Se requiere una carta de necesidad y se puede utilizar para respaldar la necesidad de financiación.
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Sólo se concederá una subvención de asistencia financiera en cada período de tres años, excepto en circunstancias excepcionales.
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El inicio de los 3 años se contará a partir de la fecha de resolución de la penúltima solicitud aprobada.
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La asistencia financiera queda a discreción del HGF, cuya decisión es definitiva.
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No hay derecho de apelación.

